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CÓDIGO DEONTOLÓGICO DEL PERIODISTA

1. El periodista debe revelar los hechos con rigor y exactitud e interpretarlos con honestidad. Los hechos deben ser comprobados oyendo a las partes que tienen intereses atendibles en cada caso. La distinción entre noticia y opinión debe quedar clara a los ojos del público.

2. Los periodistas deben combatir la censura y el sensacionalismo, y considerar la acusación sin pruebas y el plagio como graves faltas profesionales.

3. El periodista debe luchar contra las restricciones en el acceso a las fuentes de información y las tentativas de limitar la libertad de expresión y al derecho de informar. Es obligación del periodista divulgar los ataques contra ese derecho.

4. El periodista debe utilizar medios legales para obtener información, imágenes y documentos, y evitar abusar de la buena fe de las personas. La identificación como periodista es una regla. Otros procedimientos para conseguir información sólo se pueden utilizar por razones de incuestionable interés público.

5. El periodista debe asumir las responsabilidades por todos sus trabajos y actos profesionales, así como proponer la inmediata rectificación de las informaciones que se revelen inexactas o falsas. El periodista debe también rechazar actos que violenten su conciencia.

6. Como criterio fundamental, el periodista debe identificar a sus fuentes. Pero no debe revelar, incluso en un juicio, sus fuentes confidenciales ni incumplir los compromisos asumidos, excepto si intentaran usarlo para canalizar informaciones falsas. Las opiniones deben ser siempre atribuidas.

7. El periodista debe salvaguardar la presunción de inocencia de los inculpados hasta que haya una sentencia firme. El periodista no debe identificar, directa ni indirectamente, a las víctimas de crímenes sexuales o a los delincuentes menores de edad. Además, debe prohibirse humillar a las personas o perturbar su dolor.

8. El periodista debe rechazar el trato discriminatorio de las personas basado en su color, raza, credo, nacionalidad o sexo.

9. El periodista debe respetar la vida privada de los ciudadanos, excepto cuando fuere a causa de interés público o la conducta del individuo contradiga valores y principios que públicamente defiende. El periodista está obligado -antes de recoger declaraciones e imágenes- a atender las condiciones de serenidad, libertad y responsabilidad de las personas afectadas.

10. El periodista debe rechazar funciones, tareas y beneficios susceptibles de comprometer su independencia e integridad profesionales. El periodista no debe valerse de su condición profesional para publicar asuntos en los que tenga intereses.