Irlanda CÓDIGO DE CONDUCTA |
1. Un periodista tiene el deber de mantener los más altos estándares profesionales y éticos. 2. Un periodista siempre deberá defender el principio de la libertad de prensa al recolectar y difundir información y al expresar comentarios y críticas. Deberá esforzarse por eliminar la distorsión, la supresión de noticias y la censura. 3. Un periodista deberá asegurarse de que la información que disemina es justa y exacta, evitar la expresión de comentarios y conjeturas como hechos establecidos, y rehuir la falsificación al distorsionar, seleccionar o manipular. 4. Un periodista deberá rectificar rápidamente cualquier inexactitud dañina, verificar que la corrección y las disculpas sean recibidas con la debida prominencia, y permitir el derecho de réplica a las personas criticadas cuando el tema es de suficiente importancia. 5. Un periodista deberá obtener información, fotografías e ilustraciones solamente por medios honestos. El uso de otros medios sólo puede ser justificado por importantes consideraciones de interés público. Los periodistas están autorizados para ejercer la objeción personal de conciencia en el uso de tales medios. 6. Salvo por preeminentes consideraciones de interés público, un periodista deberá evitar intrusiones en la aflicción privada y el dolor humano. 7. Un periodista deberá proteger las fuentes confidenciales de información. 8. Un periodista no deberá aceptar sobornos ni permitir la influencia de terceros en el ejercicio de sus deberes profesionales. 9. Un periodista no deberá prestarse a la distorsión o a la supresión de la verdad por motivos publicitarios o por otras consideraciones. 10. Un periodista sólo deberá mencionar la edad de las personas, raza, color, credo, origen genealógico, enfermedad, estado civil, sexo u orientación sexual, si tal información es estrictamente relevante. Un periodista no deberá producir ningún material informativo o de opinión que aliente la discriminación, el ridículo, el perjuicio o el odio en cualquiera de los rubros arriba mencionados. 11. Un periodista no deberá tomar ventajas personales de la información obtenida en el ejercicio de sus deberes antes de hacerse del conocimiento público. 12. Un periodista no deberá -por medio de una declaración, opinión o imagen- anunciar cualquier producto comercial salvo para la promoción de su propio trabajo o del medio al que pertenece. |