República Checa

CÓDIGO DE ÉTICA PERIODÍSTICA

 

Esta declaración internacional se proclama como una guía de la conducta profesional de los periodistas comprometidos a recolectar, redactar, difundir y comentar información noticiosa.

1. El respeto a la verdad y al derecho del público a la verdad es el primer deber de todo periodista.

2. En el cumplimiento de sus deberes, los periodistas deberán defender los principios de libertad al ejercer la honesta recolección y publicación de noticias, y el derecho a externar comentarios justos y ejercer la crítica.

3. Los periodistas deberán elaborar sus reportajes de acuerdo con hechos de los que conozcan su origen. Los periodistas no deberán suprimir información esencial o falsificar documentos.

4. Los periodistas deberán utilizar solamente métodos justos para obtener información, fotografías y documentos.

5. Los periodistas deberán hacer todo lo posible por rectificar cualquier información que se haya revelado perjudicialmente inexacta.

6. Los periodistas deberán respetar el secreto profesional en deferencia a las fuentes de información, cuando sus declaraciones se hayan obtenido en forma confidencial.

7. Los periodistas deben tener cuidado del peligro de discriminación que pueden difundir los medios. Para ello deberán hacer todo lo posible por evitar que se facilite semejante discriminación basada, entre otras cosas, en la raza, el sexo, en la orientación sexual, en el idioma, en la religión, en las opiniones políticas y de otro tipo, así como en los orígenes nacionales o sociales.

8. Los periodistas deberán considerar como una grave ofensa profesional:

a) El plagio.

b) La distorsión maliciosa.

c) La calumnia, la injuria, el libelo y las acusaciones infundadas.

d) La aceptación de sobornos en cualquier forma por publicar o suprimir información.

9. Los periodistas merecedores de ese nombre deberán considerar como un deber acatar fielmente los principios aquí establecidos. Al lado de las leyes generales de cada país, en materia profesional, los periodistas sólo deberán reconocer la jurisdicción de sus colegas, y excluir toda clase de interferencia, ya sea del gobierno o de otros.